Vías oblicuas - Brecha digital
Unidad de Acceso a la Información Pública fustigó a Defensa por la reserva de actas militares

Vías oblicuas

El MDN incumplió las normas de acceso a la información pública al no justificar los motivos para declarar reservadas las actas del tribunal de honor que juzgó al coronel Armando Méndez, según afirmó un órgano dependiente de Presidencia de la República.

Mauricio Zina

La Unidad de Acceso a la Información Pública (UAIP) concluyó que el Ministerio de Defensa Nacional (MDN) no justificó en forma debida la declaración de reserva de las actas del tribunal de honor que juzgó al coronel retirado Armando Méndez y le otorgó un plazo de cinco días para explicitar los motivos de esa decisión. Con la firma del ministro Javier García, el MDN decidió declarar la reserva por 15 años de la totalidad de las actas de ese tribunal como respuesta a un pedido de la organización Madres y Familiares de Uruguayos Detenidos Desaparecidos para acceder al legajo personal del militar, recientemente procesado por graves violaciones de los derechos humanos en la dictadura. El ministro justificó su decisión diciendo que las actas referían a «un tema comercial de hace 40 años» que «no tiene nada que ver con el tema de los derechos humanos».

Sin embargo, la respuesta suscitó críticas de distintos ámbitos. En esta línea, el 26 de octubre el diputado frenteamplista Gerardo Núñez presentó un pedido de informes a la UAIP –órgano de Presidencia de la República que debe velar por el cumplimiento del derecho al acceso de la información– para dilucidar cuál fue su actuación en ese proceso. La respuesta fue contundente. Para la UAIP, el MDN se apartó de la normativa vigente en materia de acceso a la información. Entre otras cosas, incumplió el plazo de cinco días previsto para informarle sobre la declaración de reserva –la resolución está fechada el 17 de setiembre y recién se informó el 4 de noviembre, después tanto del pedido de informes de Núñez como de la publicación de Brecha que reveló el contenido de las actas (véase «La marca indeleble del poder», 29-X-21)–. Ese plazo de cinco días se prevé para que la UAIP analice la pertinencia de la reserva. Pero también se señalaron problemas de fondo.

La UAIP consideró que la resolución no está «debidamente motivada, ya que se omite señalar el literal del artículo 9.o (de la ley 18.381), en que se funda la reserva, y no ha expuesto la prueba de daño que exige la norma». Además, el acto administrativo «no cita ninguna causal específica para fundamentar la reserva total de la información» que permita determinar «la expectativa razonable de un daño al interés público protegido». Por este motivo, otorgó un plazo de cinco días al MDN para que fundamentara la resolución. La secretaría de Estado ya entregó su respuesta, pero, por ahora, sus argumentos también se mantienen en reserva.

Las actas del tribunal de honor de Méndez abordan, efectivamente, un tema comercial: se refieren a la Operación Conserva, el negociado que involucró a los altos mandos de la dictadura, entre ellos, el dictador Gregorio Álvarez. Su contenido, sin embargo, ya es público. Las actas fueron entregadas por el exministro de Defensa Nacional Jorge Menéndez (hoy fallecido) al Grupo de Trabajo por Verdad y Justicia en 2018. Este, a su vez, se las entregó a Cruzar, un proyecto universitario multidisciplinario para sistematizar archivos militares, y fueron divulgadas en un artículo de Samuel Blixen.

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