Fiscalía reconoce espionaje militar en democracia, pero clausura actuaciones - Brecha digital
Fiscalía reconoce espionaje militar en democracia, pero clausura actuaciones

La apatía del sistema

La decisión del fiscal Enrique Rodríguez, titular de la fiscalía montevideana de Delitos Económicos y Complejos de Primer Turno, de archivar la denuncia elevada por la Cámara de Diputados en 2018 sobre un sistemático espionaje militar y policial en democracia (entre 1985 y 2005) contra partidos políticos, sindicatos, periodistas y funcionarios gubernamentales (presidentes, ministros, senadores, jueces) revela la apatía del sistema por saber quién, cómo y por qué las prácticas de la dictadura se mantuvieron intactas. Y también la sospechosa indiferencia por conocer hasta dónde permeó esa vigilancia, para qué sirvieron los resultados de ese espionaje y en qué se utilizó la información recabada.

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Ese no querer saber tiene tufo a complicidad. Es una manera de dar una señal inequívoca: no estamos de acuerdo, no es correcto, pero sigan nomás. La primera noticia de ese espionaje en democracia fue divulgada por Brecha (véase separata Infiltrados. Espionaje militar en democracia, febrero de 2017) en función del material de archivos militares que el proyecto universitario Cruzar comenzó a sistematizar. Ello motivó la creación de una comisión investigadora en Diputados que durante meses recolectó la documentación, la analizó e intentó establecer responsabilidades. Fracasó rotundamente. El empeño de los dos diputados denunciantes, Gerardo Núñez y Luis Puig, se estrelló contra lo que podría calificarse como impunidad civil. El espionaje, que cobró relevancia al comienzo de la dictadura, cuando se constituyó en una parte esencial del trabajo de inteligencia que precedió a toda la actividad represiva, siguió inalterable, por inercia, cuando se reinstaló la democracia, transitando los gobiernos de Julio María Sanguinetti, Luis Alberto Lacalle y Jorge Batlle (él mismo, una víctima del espionaje, lo que sugiere que todos sus antecesores también fueron espiados). Por la investigadora desfilaron algunos ministros de Defensa Nacional, los que, como en coro, dijeron no saber nada. Tratándose de espionajes prolongados, con seguimientos, vigilancias, interferencias telefónicas, instalación de micrófonos, robos y sabotajes, la ignorancia ministerial hubiera bastado para descalificarlos por ineptos, en el mejor de los casos, y como sospechosos después. Pero sus declaraciones quedaron debidamente registradas y punto. Algunos militares, los que se dignaron a concurrir, recitaron el mismo monólogo. Un caso especial es el del presidente Julio María Sanguinetti, porque la práctica del espionaje se intensificó notablemente entre 1987 y 1989, período en el que primero se juntaron firmas para el referéndum y después se produjo la consulta popular para derogar la ley de caducidad. El objetivo de la inteligencia militar estuvo perfectamente alineado con los propósitos presidenciales, que, por supuesto, coincidían con los de los militares.

La comisión no tuvo la voluntad de avanzar en el conocimiento de las prácticas militares y policiales quizás porque la ignorancia es menos urticante que la verdad. Decidió elevar los antecedentes a la Justicia, en una práctica muy reiterada, como si la eventualidad del delito eximiera a los que tienen la obligación de controlar al Poder Ejecutivo de reclamar responsabilidades políticas.

Una vez más, los magistrados recibieron una oportuna señal. El Parlamento llegó hasta aquí; si lo desea, puede continuar. Dos años después de recibir la denuncia parlamentaria, el fiscal de delitos económicos (y uno se pregunta qué tiene que ver la economía en la violación sistemática de los derechos ciudadanos, a menos que se quiera cuantificar cuánto le costó al Estado ese persistente y masivo espionaje) llegó a la conclusión correcta de que los eventuales delitos han prescrito. El fiscal Rodríguez los enumera: «Abuso de funciones (art. 162 del Código Penal); omisión de denunciar delitos (art. 177); pesquisa (art. 287); violación de domicilio (art. 294); interceptación telefónica (art. 297); revelación de secreto telefónico (art. 298); conocimiento de documentos secretos, públicos o privados (art. 300) y revelación de secretos (art. 301)». Argumentó: «Siendo como se dijo que los presuntos delitos cometidos tienen una pena máxima inferior a diez años, el plazo para que se considere prescripto el delito es de diez años y por ende está extinguida la posibilidad de ejercer la acción penal, la cual venció en 2015 (las actuaciones fueron remitidas por la Cámara de Representantes a la Fiscalía el 07/11/2018 e ingresadas el día 08/11/2018), transcurrieron 13 años».

En la investigación judicial fueron interrogados 17 militares, la mayoría de ellos altos oficiales del Ejército, la Armada y la Fuerza Aérea. También fue interrogado el coronel Eduardo Ferro, que en 1987 era jefe del Departamento III (Operaciones) de la inteligencia militar y que supervisó a los agentes infiltrados con el alias de Guillermo. No se sabe si las indagaciones permitieron establecer su responsabilidad personal y directa.

Sobre la responsabilidad ministerial, el fiscal anotó: «Hasta dónde las altas jerarquías del Estado tenían conocimiento fehaciente de esta manera de actuar no es posible determinarlo con exactitud por parte de esta fiscalía». Pero señaló que «queda claro que existió debilidad en los controles institucionales y democráticos por parte de los ministerios y del Estado en su conjunto».

Más allá de la prescripción, es una pena que la ciudadanía no pueda saber quiénes fueron los que infiltraron los partidos, los sindicatos, los hogares, las iglesias.

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