—Según el decreto reglamentario original 375/012, de 2012, las listas de los médicos objetores de conciencia en cuanto a la interrupción voluntaria del embarazo [IVE] deberían ser públicas. En 2015, el Ministerio de Salud Pública [MSP] modificó dicho decreto para que las listas sean confidenciales. ¿Cómo se controla la objeción de conciencia? ¿A quiénes favorece y a quiénes perjudica el secretismo de estas listas?
—Cada tanto se renueva la pregunta. Y las instituciones, tanto públicas como privadas, tienen sus listas de médicos objetores y no objetores. Así es como se manejan las cosas ahora. ¿Qué ventajas tiene esto para las pacientes? Creo que ninguna, porque, cuando se atienden, no saben quién es objetor y quién no. Entonces, en el caso de querer hacerse una IVE, recurren primero a ...
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