Balas propias - Brecha digital
Las pruebas de la ejecución de las «muchachas de abril» en el dictamen fiscal

Balas propias

Tras el procesamiento de un nuevo militar por crímenes de la dictadura, Cabildo Abierto reiteró sus críticas al accionar de jueces y fiscales. Las expresiones públicas generaron molestia en el colectivo de jueces. El dictamen de la fiscalía sobre el caso de las «muchachas de abril» indica que las jóvenes fueron «ejecutadas».

Senador Guido Manini Ríos. MAURICIO ZINA

A casi 50 años de ocurridos los hechos, la Justicia dictó su resolución sobre uno de los crímenes más emblemáticos de la dictadura cívico-militar. La jueza Isaura Tórtora dispuso el procesamiento con prisión del general retirado Juan Modesto Rebollo por el homicidio, en abril de 1974, de las jóvenes Laura Raggio, Diana Maidanik y Silvia Reyes, conocidas como las «muchachas de abril».

El procesamiento de Rebollo, excomandante en jefe del Ejército entre 1992 y 1993, reavivó las críticas de Cabildo Abierto (CA) sobre el accionar del Poder Judicial en las causas por violaciones a los derechos humanos. Como en anteriores oportunidades, los cuestionamientos fueron lanzados por los senadores Guido Manini Ríos, Raúl Lozano y Guillermo Domenech, en un contexto en el que las huestes cabildantes insisten con la aprobación de un proyecto de ley que garantice la prisión domiciliaria para buena parte de los militares, policías y civiles imputados por esos crímenes.

El homicidio de las tres jóvenes se produjo durante un violento operativo en una finca de la calle Mariano Soler. En ese tiempo, los servicios represivos tomaron conocimiento de un intento de reorganización del MLN-Tupamaros, por lo que se inició una ronda de detenciones que se extendió durante los primeros cuatro meses de 1974. En el contexto de los interrogatorios desplegados, los represores lograron obtener la dirección del joven Washington Barrios (hoy desaparecido), quien era intensamente buscado por sus contactos con la organización en Argentina.

Hacia ese lugar partió un importante contingente de oficiales y soldados, bajo el mando de los coroneles Washington Scala y Juan Modesto Rebollo, responsables del Grupo de Artillería número 1 y del Grupo de Artillería Antiaérea número 1, respectivamente. Sobre las 2.45 de la madrugada, se instaló el operativo, que cubría toda la manzana, y los oficiales ingresaron a la finca en busca de Barrios, que no fue hallado. Fue entonces que se produjo la balacera que terminó con la muerte de las tres jóvenes. También de Julio César Gutiérrez, un oficial del Ejército que participó del operativo.

Lozano declaró que la muerte de las jóvenes se produjo durante un enfrentamiento armado. En esa balacera, afirmó, Gutiérrez fue gravemente herido (falleció semanas después) y Rebollo fue herido en un brazo al intentar socorrerlo: «¿Justicia? Difícil de explicar». Manini Ríos se plegó a este relato y dijo: «esto no es Justicia, es venganza». Por último, el tercer senador, Domenech, escribió que el procesamiento de Rebollo «es un acto de indisimulada venganza, impropio de una Justicia que en el pasado nos llenó de orgullo y en la que hoy se encuentran agazapados partidarios del terrorismo marxista».

Estas no fueron las primeras críticas cabildantes por el procesamiento de militares. En abril de 2020, Manini Ríos aseguró que la detención y el procesamiento del coronel retirado Lawrie Rodríguez –por el homicidio de Iván Morales Generalli– fue una violación a los derechos humanos, y cuestionó la falta de garantías que enfrentan los militares al ser juzgados en estas causas. También desde su banca parlamentaria, Lozano cuestionó la imputación contra el médico militar Nelson Fornos: «En plena pandemia se lo condenó a muerte en prisión a este viejo doctor y servidor público. No hubo compasión ni por su edad, ni humanidad ni respeto de derechos humanos. […] Una nueva víctima de la vergonzosa venganza de la cual los legisladores somos simples espectadores y no hacemos nada por concluirla».

El tenor de estos cuestionamientos cabildantes provocó una respuesta de la Asociación de Magistrados del Uruguay (AMU). En un escueto comunicado, el gremio consideró las críticas como «infundadas» y reiteró «el compromiso de los jueces y juezas del Uruguay con los principios del debido proceso, independencia e imparcialidad» y con la plena vigencia del Estado de derecho. Además, los magistrados valoraron que quien considere que estos principios no se cumplen «tiene a su alcance las vías legales pertinentes para hacer los reclamos que correspondan». De acuerdo a fuentes judiciales, varios jueces expresaron su molestia ante la directiva de la AMU por las reiteradas críticas cabildantes.

En este contexto, las críticas cabildantes implican también un mensaje para su base militante –integrada por militares retirados y sus familias–, pero también para sus socios en la coalición gobernante, ya que aún no hubo acuerdo sobre un proyecto para disponer la prisión domiciliaria de los imputados por estos crímenes. Incluso Domenech señaló días atrás la posibilidad de reinstalar la ley de caducidad para terminar con estos procesamientos, lo que fue la base de un proyecto ingresado por CA en agosto de 2020, que no tuvo tracción parlamentaria (véase «Una página sin vuelta», Brecha, 7-VIII-20).

ACRIBILLADAS

En este caso, el grueso de las críticas cabildantes refiere a que la muerte de las jóvenes se produjo como parte de un enfrentamiento armado, con bajas en ambos bandos. Esa teoría fue avalada por el diputado colorado Gustavo Zubía, quien consideró como «absurdo» el procesamiento de Rebollo. Si bien el pedido de procesamiento del fiscal Ricardo Perciballe no descarta que las jóvenes hayan disparado, el conjunto de pruebas revela un accionar desmedido de los servicios represivos.

En su dictamen, Perciballe aseguró que los militares ingresaron al apartamento 3 sin orden judicial y en horas de la madrugada. Y que al ingresar a la finca se inició una intensa balacera. «La muerte de las jóvenes Reyes, Maidanik y Raggio es de estricta responsabilidad de los militares que actuaron en el operativo, quienes sin lugar a dudas procedieron en forma ilegítima. […] Más allá de si las jóvenes resistieron o no el allanamiento, lo real es que estas fueron ejecutadas, si se quiere masacradas, cuando se encontraban acurrucadas en una zona donde no podían efectuar resistencia alguna».

«De esa forma y reiteramos, si las jóvenes hubiesen resistido el allanamiento (hecho que no se puede determinar por cuanto no se periciaron las armas ubicadas en el lugar) resulta ostensible que conforme a las armas utilizadas por el Ejército, así como el lugar y la forma en que fueron encontradas las víctimas, es dable sostener que hubo un manifiesto exceso de defensa por parte de los militares actuantes», señala el escrito al que accedió Brecha. La violencia del accionar militar se desprende del informe de una junta médica, que realizó una autopsia histórica de los hechos (véase «Sangre y rosas», Brecha, 22-IV-14).

Ese informe pericial también establece que la muerte de Gutiérrez se produjo por los disparos de sus propios camaradas. La junta médica dice no tener elementos para descartar la hipótesis del enfrentamiento, ni que los militares hayan repelido una agresión inicial. Pero sí concluye como «poco probable que las heridas recibidas por el capitán Gutiérrez hayan sido inferidas» por alguno de los revólveres incautados durante el operativo y que fueron fotografiados por Policía Técnica. Un informe del Servicio de Información y Defensa (SID), al que accedió Brecha, indica que en la casa de Mariano Soler (que en el documento aparece registrada como Ramón de Santiago 3086) se incautaron un revólver Taurus calibre 38 largo y un revólver Colt calibre 38 largo de dos pulgadas.

Sin embargo, la junta médica recuerda que los médicos militares que atendieron a Gutiérrez indican que sus heridas fueron por disparos de ametralladora. Las características de las lesiones sufridas por el militar «parecen exceder el patrón lesional esperable para una agresión por disparos de un arma de puño de uso civil de baja velocidad, no automática, como los revólveres que se habrían incautado en el lugar. […] En especial, las tres heridas transfixiantes, particularmente la de cuello que, tras lesionar faringe, laringe, médula y dos cuerpos vertebrales, salió por la nuca», señalaron los peritos. Una de las dificultades señaladas por los expertos refiere a que la investigación de la época no analizó si las armas incautadas habían sido disparadas en forma reciente y que no se pudo analizar el único proyectil que permaneció en el cuerpo de Gutiérrez.

Artículos relacionados

Uruguay Suscriptores
Secretario de Manini gestionó ingreso de militante cabildante al MSP

El empleado y el patrón

Edición 1933 Suscriptores
Las posturas de Cabildo Abierto a 32 meses del inicio del gobierno

La oveja gris

Edición 1923 Suscriptores
Vicisitudes de la oposición frenteamplista

La delimitación de las veredas

Eduardo Lust calificado como deudor irrecuperable en la Agencia Nacional de Vivienda

Quinta a fondo

INISA excede límites de pases en comisión

Uso problemático