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Atentado al bolsillo

Multinacionales aplican sobreprecios de hasta 1.000 por ciento: Colgate, Nestlé, Unilever, Glaxo y otras empresas fijan precios de productos importados que muestran diferencias exorbitantes entre los costos declarados en la aduana y lo que el público paga en los supermercados.

Productos importados.

Supuestamente el mercado se regula a sí mismo, y la competencia hace bajar los precios. Pero Colgate, Nestlé, Unilever, Glaxo y otras empresas multinacionales fijan precios de productos importados –jabones, champúes, artículos de limpieza, galletitas, jugos– que muestran diferencias exorbitantes entre los costos declarados en la aduana y lo que el público paga en los supermercados.
Además en todos los casos el mismo producto, fabricado por la misma trasnacional, cuesta en Uruguay, como mínimo, el doble que en Argentina. ¿Qué especie de alquimia económica explica que sea más barato lavarse los dientes en Argentina que en Uruguay? ¿O enjuagarse el cabello, o lavar platos, o afeitarse? Hay indicios, además, de que las empresas que supuestamente son competidoras entre sí tienen acuerdos sobre precios, práctica por la que fueron multadas recientemente en Francia, China e Italia. Pero las autoridades no quieren darse por enteradas de políticas comerciales que agreden el bolsillo de todos los ciudadanos.

Una minuciosa investigación sobre la comercialización en Uruguay de las multinacionales Colgate-Palmolive, Procter & Gamble (P&G), Unilever y Glaxo Smith Klein confirmó prácticas abusivas de sobreprecios, que en casos extremos trepan a los 1.000 puntos porcentuales sobre los costos. En Uruguay, los mismos productos, de las mismas marcas, tienen diferencias abismales de precio con respecto a los de la región. En todos los casos se trata de productos de consumo masivo, algunos que componen la canasta básica, y que están bajo el dominio de trasnacionales y ciertas empresas regionales de renombre. Esta realidad no parece explicarse por costos, ni por cargas impositivas, ni por dimensiones de mercado, ni por el tipo de cambio. Una muestra de unos 50 productos de consumo masivo (jabones de tocador, jugos, pasta de dientes, galletitas, productos de limpieza, mayonesas, yerba mate, afeitadoras descartables, golosinas, tintas para el cabello, champúes, entre otros) revela la inconsistencia del concepto de la autorregulación de precios en un mercado libre (véase recuadro). Los organismos estatales que entienden en el ámbito de la competencia admitieron desconocer esta situación, aunque reivindican la regulación libre del mercado.

Los primeros indicios sobre la existencia de políticas generalizadas de sobreprecios de productos importados fueron revelados por el entonces senador y ex ministro de Trabajo, Eduardo Brenta, quien subrayó a la prensa las diferencias notables entre los precios de importación de ciertas pastas de dientes y su precio final al consumo.

Demostrar que ese caso puntual era parte de un universo de productos importados comercializados bajo idénticos patrones, exigió un esfuerzo considerable para obtener una información que, en el ámbito público era de acceso negado, y en el privado sujeto al pago de aranceles exorbitantes (véase recuadro).

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Esta investigación logró acceder a los precios Cif (Cost Insurance and Fright, precio del producto pagado en origen más flete y seguro), y a los recargos de aduana, lo que permitió la comparación con los precios al público; y a la vez establecer una relación entre los precios minoristas uruguayos y argentinos, que las corporaciones aplican a sus productos. Así, la empresa Colgate, que controla cerca del 90 por ciento del mercado de la pasta de dientes en Uruguay, importa el tubo de 180 gramos de su variedad con calcio a 11,25 pesos, pero el precio de venta al público de esa pasta oscila en las grandes cadenas de supermercados en torno a los 111 pesos (véase tabla adjunta).

Según explicaron Brenta y su asesor económico, el porcentaje razonable de costos que se suma al precio Cif (el de importación) es de aproximadamente un 15 por ciento, que incluye los costos administrativos, de almacenaje, distribución, publicidad, entre otros. Pequeños comerciantes minoristas coincidieron en señalar que sus márgenes de ganancia oscilan entre el 20 y el 30 por ciento por encima del costo, porcentaje que tiende a aumentar en las grandes cadenas de supermercados.

MISMO PERRO, DIFERENTE COLLAR. Un ejemplo de las diferencias entre los precios argentinos y uruguayos exhibe el jabón líquido Cif de Unilever en su versión pepino y limón: en Buenos Aires, en un supermercado, los 600 mililitros se abonan al equivalente de 42 pesos uruguayos; en Montevideo cuesta el doble, 82 pesos, que además representa un sobreprecio de 500 por ciento sobre la cifra declarada de importación (16,61 pesos).

Hay otras peculiaridades difíciles de explicar con criterios estrictamente económicos. Todos los champués y acondicionadores importados por las distintas trasnacionales exhiben una diferencia de diez pesos entre el primero y el segundo, pero no es así en el resto de la región; en Argentina, champú y acondicionador cuestan lo mismo. La diferencia tampoco se explica por cuestiones de importación: las marcas Head & Shoulder y Pantene, producidas por la multinacional estadounidense P&G, tienen un precio de importación de 64,4 pesos uruguayos para la modalidad de 400 ml, mientras que se venden en las grandes cadenas de supermercados a alrededor de 200 pesos en el caso del champú, y a 190 pesos en el caso de los acondicionadores. Lo mismo sucede con las marcas Dove (para dama y caballero) y Clear de la empresa Unilever, que tienen un costo de importación de 23 pesos uruguayos en el envase de 400 ml, mientras que su precio de venta al público es de 201 pesos.

Existe la sospecha de que esas diferencias de precios para distintas versiones de un mismo producto, pero que pagan un mismo precio de importación se repite en las demás marcas del mercado, por ejemplo en los jabones y galletitas. Según los documentos de aduana a los que se pudo acceder, la falta de detalles en las declaraciones dificulta identificar los precios específicos en la variedad. Por ejemplo: las diferentes mayonesas producidas por Unilever, que comercializa la marca Hellman’s, y la versión más económica Ri-ka , exhiben diferencias sustanciales de precios minoristas. El quilo de Hellman’s tiene un precio de venta de 148 pesos y el quilo de Ri-Ka es de 86 pesos. Sin embargo, el precio de importación que declara la empresa es de 49 pesos el quilo, sin que en los documentos se consignen otros detalles que no sean el peso, el tipo de producto y la cantidad de unidades por caja.

¿ESTRATEGIA DE CÁRTEL? La muestra manejada revela que productos similares de distintas multinacionales, que en el mercado actúan en un esquema de supuesta competencia, comparten aspectos de esta política de comercialización. En la franja de las pastas de dientes, compiten Colgate (en todas sus variantes) con Oral B de P&G, Sensodyne y Aquafresh, de la británica Glaxo. Por otro lado, Kolynos forma parte del dominio de Colgate desde 1995, cuando la multinacional compró la empresa brasileña que la producía; y la uruguaya Pico Jenner sufrió la misma suerte luego de que su productor, el laboratorio Abarly vendiera la empresa a la gigante estadounidense.

Existen marcas con un precio de venta al público alto como los 100 gramos de Sensodyne Rápido Alivio, que tienen un precio de importación de 32,75 pesos y se encuentra en las góndolas a 243 pesos (742 por ciento). Su equivalente Colgate Pro Alivio de 110 gramos se vende a 258 pesos.

Otro ejemplo se puede ver en las pastas de calidad estándar: la pasta de dientes con calcio de Colgate, de 180 gramos, se importa a 11,25 pesos y se vende a 111; y la pasta dental Aquafresh triple protección, de 181 gramos, considerada de similar calidad, se importa a 23,2 pesos y se vende a 107.

Las variedades más económicas de las mismas multinacionales, como las marcas Kolynos y Pico Jenner (Colgate) y Aquafresh (Glaxo) parten de los 35 pesos.

Un elemento para nada despreciable que influye en la decisión de los consumidores es el factor emocional asociado a la publicidad y al reconocimiento social de las marcas. La marca Colgate goza de mayor prestigio que el resto. Kolynos y Pico Jenner, de la misma multinacional, no corren con la misma suerte.

Estas prácticas de las mismas trasnacionales se repiten en otros productos. Un ejemplo es el champú para mujer, producto con un amplio espectro de marcas y precios. Unilever produce la marca Suave, que es la más barata, la Sedal de un precio intermedio y la de precio superior Dove, que cuadriplica el valor de Suave.

Operadores y empresarios nacionales, a quienes sorprenden tan abultadas diferencias entre precios en aduana y precios al público, interpretan que pueden incidir los gastos de publicidad –un elemento aleatorio– como factor de encarecimiento, pero no al punto de imponer tales porcentajes.

Tales similitudes sobre la relación entre los precios de importación y los precios minoristas –y un rango similar de porcentajes entre precio en aduana y precio final– sugieren que se estaría configurando lo que la Comisión para la Defensa y Promoción de la Competencia, del Ministerio de Economía y Finanzas, califica como “un acuerdo colusorio”, una práctica en la que dos o más empresas competidoras en un rubro acuerdan fijar los precios de sus productos para obtener las mismas ganancias. La posibilidad de una práctica oligopólica, en que la marca con más poder de mercado vende sus productos con mil puntos porcentuales de sobreprecio, estaba implícita en la denuncia inicial del ex senador Brenta.

Los comisionados del ministerio, Javier Gomensoro, Patricia Ordoqui y Adriana Riccardi, explicaron que en Uruguay no hay límites para la fijación excesiva de precios, salvo excepciones como la leche. “El comercio es libre y está regulado por la oferta y la demanda. Fijar precios altos no es ilegal”, afirmó Gomensoro.

¿Pero cuán altos pueden llegar a ser? Según el comisionado, las prácticas abusivas y los acuerdos colusorios están penados, pero en la investigación sobre Colgate no hay una resolución aún, y puede tardar meses e incluso años. En caso que se verifique que hay un abuso de posición dominante, la sanción para las empresas es una multa económica, que no afecta sustancialmente a empresas de dimensiones monumentales, que recogen ganancias multimillonarias.

Al respecto, el economista y docente universitario José Rocca explicó que lo que ganan estas empresas mediante sobreprecios supera lo que pierden en pagar las multas. (Véase recuadro). Por su parte, el comisionado Gomensoro admitió que cuando las empresas quedan expuestas por estas prácticas ante la opinión pública, tienden a bajar los precios durante un tiempo, y cuando el tema queda en el olvido, vuelven a subirlos.

El citado abuso hace referencia a la conducta desleal que pueden tener las empresas cuando dominan una proporción alta del mercado de su producto, y actúan de manera tal que eliminan la poca competencia que enfrentan. La defensa de la competencia radica en que favorece a los consumidores, que se benefician con precios más bajos cuando la oferta es mayor.

INYECCIÓN A LA INFLACIÓN. Pedro Buonomo, ex asesor de Economía y Finanzas del presidente José Mujica, explicó que estos sobreprecios se justificarían en los casos de mercados monopólicos y oligopólicos –mercados controlados por una o pocas empresas respectivamente–, pero no en casos de mercados competitivos en los que, ante productos iguales ofrecidos por muchas empresas, los consumidores eligen el más barato. La tabla con la muestra de productos importados elaborada por Brecha –con su respectivo precio de importación, precio de venta al público en las grandes cadenas de supermercados y su comparación con el precio de venta en Argentina– revela que, tal como sugiere Buonomo, el mercado uruguayo tiene zonas donde el juego de la competencia está “adulterado”.

Actualmente se sigue esperando que la Comisión para la Defensa y Promoción de la Competencia termine la investigación para comprobar si efectivamente hay acuerdos colusorios entre las empresas que venden productos para la higiene dental, o si existe abuso de posición dominante. Gomensoro agregó que “lo que estamos analizando es si hay prácticas ilegales en la venta de estos productos; si el costo de importación es mucho menor al precio de venta al público, igual es válido, el mercado es libre, se regula solo”. Anticipó que según la documentación que pidieron a Aduanas y a las empresas, no se trata de empresas monopólicas o que realicen prácticas anticompetitivas.

El economista Rocca no coincidió con la apreciación de Gomensoro, y dijo que el abuso de posición dominante existe: “los datos lo demuestran. Ningún producto puede tener una ganancia de mil por ciento”. Explicó que “hay productos que elaboran dos o tres grandes compañías que dominan el mercado y eventualmente se ponen de acuerdo entre sí”. Estas empresas multinacionales desarrollan una estructura regional, instalan la producción en el país que ofrece menos costos, y luego comercializan el producto de un país a otro. Los artículos que tienen origen en estados del Mercosur están exonerados de determinados impuestos, entre ellos el Iva (impuesto al valor agregado) e Imaduni (impuesto aduanero único). Sólo están gravados algunos productos con un Iva del 10 por ciento, que se recupera al momento del ingreso de los productos a Uruguay. Esta práctica repercute de manera directa en la producción nacional debido a que es más costoso producir aquí que importar el producto ya terminado. El esquema contribuye a explicar, por otra parte, la penetración sostenida en el mercado nacional de productos extranjeros de consumo masivo (chocolates, pastas, aceites, jugos, además de los mencionados) y el proceso de extranjerización por la vía de compra de empresas de origen nacional.

Para Pedro Buonomo el tema de los sobreprecios debería ser una preocupación central de la política económica por su gran impacto en la inflación. “Estamos viviendo un proceso de crecimiento económico importante y existen presiones inflacionarias, y muchas de ellas están explicadas por que hay mercados sin una competencia real y en los que determinadas marcas tienen una posición dominante que les permite obtener sobreganancia”.

Teniendo en cuenta una declaración tan fuerte, llama la atención que el Ministerio de Economía no tenga una respuesta más efectiva que: “el mercado se regula solo”. Es de público conocimiento que la inflación corre más rápido que los ajustes salariales, y que a lo largo de 2014 se alcanzaron los 9 puntos porcentuales de inflación, número que quizá podría haber sido más bajo si buena parte de los precios de los productos de consumo masivo no tuvieran tan desmedidas ganancias. ¿Hasta dónde las trasnacionales, sin el contrapeso de una política de control, están dispuestas a multiplicar? ¿Cuál sería la capacidad adquisitiva –y la capacidad de ahorro– de los uruguayos, y cuánto bajaría la inflación, si se eliminara ese formidable mordisco? n

*     Esta investigación periodística se desarrolló en el marco del curso Periodismo Investigativo del Instituto de Comunicación, Facultad de Información y Comunicación, Udelar.

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Multadas

¡Qué casualidad!

La historia reciente indica que las prácticas de las multinacionales mencionadas en el informe no son nuevas y no se limitan a Uruguay. Según varios medios de prensa internacionales, Unilever y Danone fueron multadas en 2009 con una cifra superior a los 100 mil euros por el Estado italiano, imputadas de publicidad engañosa, en tanto sugerían que algunas de sus bebidas curaban el colesterol. En 2011 Unilever volvió a ser puesta en jaque, luego de que la Unión Europea le impusiera una multa, conjuntamente a P&G, de 315,2 millones de euros, tras ser acusadas de acordar los precios –los citados acuerdos colusorios– de sus detergentes en ocho países del bloque, según informó la cadena de noticias Cnn.

Ese mismo año fueron varios los desencantos para las multinacionales. China impuso a Unilever una multa de 215.204 euros por “perturbar el mercado”, luego de que la marca, presente en más de 160 países, intentara un aumento de precios en sus productos. Francia, por otro lado, constató el acuerdo colusorio entre P&G, Hankel y Colgate Palmolive, al penarlas por establecer acuerdos de los precios del jabón entre 1997 y 2004. Las empresas debieron pagar poco más de 316 millones de euros al Estado francés.

Esta no fue la primera vez que Colgate Palmolive se enfrentó a Francia. En el año 2012 esta trasnacional, junto a Mars Inc. y Nestlé, fueron multadas con 35,3 millones de euros por la Autoridad Antimonopolio del país, por formar un cártel –acuerdo informal entre empresas del mismo sector productivo– para que sus distribuidores mantuvieran sus precios altos en la venta de alimentos para mascotas. Hill’s es la marca de productos de este rubro que Colgate Palmolive distribuye en el mercado.

Los acuerdos colusorios de Colgate Palmolive ya habían sido observados por otro país europeo en 2010, cuando la Comisión Nacional para la Competencia de España desenmascaró que en conjunto con Sara Lee y Puig, había acordado subir un 15 por ciento el precio de sus geles de baño, justificándolo en una reducción de los envases y por tanto una disminución de la oferta, que les costó más de 8 millones de euros. La cifra podría haber sido mucho más grande si no fuera por una cláusula, existente en casi todas las comisiones para la competencia a nivel internacional, que establece que las empresas arrepentidas de un cártel pueden quedar eximidas de multa o beneficiadas con una reducción del monto, si denuncian al resto de miembros y facilitan pruebas en su contra.
En la región, Argentina también puso bajo la mira a Colgate, en este caso por publicidad engañosa de una de sus variedades de pasta dental, en la que se afirma que es la “número uno recomendada por odontólogos”, proposición no comprobada científicamente, que le mereció una multa de 100 mil pesos argentinos.

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Libre mercado e información restringida

La herencia de las políticas liberales de los noventa aún pesa en la política económica uruguaya. La tesis de que el mercado se regula por sí solo es avalada por la Comisión para la Defensa de la Competencia del Mef, aun cuando es incongruente con el pensamiento de izquierda, puesto que avala la supervivencia de las grandes empresas a costa de los competidores más pequeños y del bienestar de los consumidores.

La dificultad del acceso a la información respectiva a las importaciones atenta contra el derecho de los consumidores a obtener información confiable del mercado, condición necesaria para el funcionamiento de la competencia.

Obtener los datos de importación de las citadas trasnacionales implica un arduo camino y muchas veces un callejón sin salida. La página web de Aduanas no es de fácil lectura para usuarios no especializados en comercio exterior. La aprehensión de la información requiere varios pasos, pero más allá de ello lo que realmente dificulta la tarea es la declaración imprecisa que brinda el sistema. Por ejemplo: el champú importado por cualquiera de las corporaciones mencionadas que tienen una gran variedad de marcas, sólo se describe bajo el “número de ítem”. Sin aclarar a qué marca y presentación corresponde ese número de ítem.

Desde el ámbito privado es posible acceder a los datos de forma detallada, pero con un costo elevado. La Cámara Nacional de Comercio y Servicios brinda las consultas sobre importaciones, pero tiene un costo de 48 dólares por producto. Otra de las formas posibles para obtener los datos es a través de consultoras de comercio internacional privadas, pero también manejan altas tarifas que dificultan el acceso. El resultado es: escasa transparencia.

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