Tiene razón el profesor Álvaro Rico: el artículo “Desiguales ante la ley”, publicado en Brecha el 28 de abril, y que mereciera en la edición siguiente (5 de mayo) extensas “puntualizaciones”, en última instancia es, como él dice en su carta a la dirección del semanario, un cuestionamiento al conjunto de las investigaciones históricas, que él dirigió y que fueron publicadas por la Presidencia de la República.
Si al darle esa intención al artículo, Rico pretendía contrastar la falta de “un tratamiento periodístico más respetuoso, equilibrado y con altura”, con los seis años de investigación, las 5.508 páginas, los siete tomos, más las correspondientes actualizaciones, habrá que decir –ya que lo plantea en esos términos– que sí, que el cuestionamiento deriva del cúmulo de errores, algunos involuntarios, menores, otros no tanto, ni menores ni involuntarios; de la manipulación, la aplicación de diferentes criterios de valoración, de las interpretaciones antojadizas y del tratamiento diferenciado de temas y personas, que hacen de esa extensa compilación de información un todo poco creíble y sospechoso. Porque, ¿cómo creer, cómo aceptar lo que dicen cada una de las 5.508 páginas, si en algunas se han manipulado documentos, se han tijereteado textos y se han introducido “inexplicables” criterios de divulgación?
No se trató, como asegura el profesor Rico, de acometer la tarea de “salvaguarda de la técnica historiográfica en el tratamiento de los documentos primarios”. Fue algo mucho más simple: la comprobación de que en algunos casos se citaban nombres, en otros sólo las iniciales y en otros nada, corchetes y puntos suspensivos, siendo situaciones idénticas. En algunos casos, la exposición del nombre se refiere a una persona que ni siquiera fue detenida, que se exilió y cuyo “prontuario” es la consecuencia de información obtenida bajo tortura. En situaciones similares el nombre se omite.
Los criterios no están claros, y me pregunté por qué, al publicar un documento con una lista de personas requeridas, se eliminaron todos los nombres excepto el de Pablo Carlevaro. Me pregunté por qué, en ciertos casos referidos a detenidos desaparecidos, Rico publica ciertas actas de interrogatorios realizados bajo tortura y en otros casos no. Y me pregunté también cuál fue el criterio dominante a la hora de recortar documentos.
Explica Rico que en el caso de la detención de Rodney Arismendi, “las partes que no fueron transcriptas forman parte del despliegue del procedimiento policial, la obtención de datos de la organización y el fichaje y encarcelamiento de las personas detenidas, pero ninguno de ellos aporta datos directos sobre el acontecimiento principal”. Pero eso no es cierto: la secuencia de detenciones, interrogatorios y allanamientos posteriores son esenciales para entender cómo se llega al allanamiento de la casa donde se ocultaba Arismendi: fueron dos páginas totalmente censuradas de un documento hasta ese momento desconocido.
En todo caso, otros documentos transcriptos abundan generosamente en aquello que, según Rico, no es esencial. (Y hay otros documentos, fácilmente ubicables en el archivo de la Dnii, que ni siquiera fueron transcriptos, como el que informa sobre una carta incautada a José Luis Massera que Arismendi envió desde Moscú, en la que quiere dejar constancia de que “es un gran infundio el rumor, y no solo rumor, ya que Ips, redactor del Pdc ¡¿cuándo no?! dio curso cablegráfico de que mi libertad fue factor de cualquier transacción”).
Entonces, ¿por qué el cambio de criterio? En realidad no hubo un cambio, hubo criterios aplicados según cada caso, como si para algunas organizaciones fuera necesario preservar el anonimato y la discreción, y para otras no. (Me hizo recordar una interesante investigación periodística de Liberation, que expuso las dos versiones del acervo fotográfico del Kremlin, fotos históricas de los primeros años de la revolución soviética y de sus principales líderes, algunas mostrando a Trotsky junto a Lenin y Stalin, y otras donde el jefe del Ejército Rojo fue convenientemente borrado).
Que no se interprete el artículo y esta respuesta como un exabrupto anticomunista. Para nada. Es simplemente el señalamiento de una conducta que ahora pretende escudarse en “la ética que nos rige como universitarios”. El profesor Rico no respondió a los cuestionamientos, no explicó los criterios de selección de textos y de nombres, atribuyó la publicación parcial de documentos a “plazos de realización acotados por la Presidencia” y no dio una justificación de la aplicación de criterios diferentes según las organizaciones políticas.
Se comprende que el profesor Rico haya sentido la necesidad, la obligación, de realizar “puntualizaciones” endebles y “sobrevolantes” y aun de establecer categorías de valor entre universitarios y periodistas. Pero lo que no se puede dejar pasar es la afirmación de que “por respeto a la memoria de las víctimas y a uno mismo, las polémicas y acusaciones sobre los temas de derechos humanos no deben estar precedidas por intereses menores, protagonismos y personalismos”. Precisamente, el doble rasero termina por manosear a las víctimas y a su memoria. Por eso es que me resulta tan sospechoso que algunos se atribuyan el derecho de decidir qué se publica y qué no. Los universitarios, y los historiadores en particular, deberían ser el ejemplo de la transparencia.
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